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Gastos Cubiertos del Seguro Médico Hospitalario
-
Gasto diario por cuarto y alimentación, hasta
el máximo establecido en el cuadro de beneficios,
sin exceder de 365 días por cada período
de incapacidad.
-
Gastos por tratamiento Médico suministrado por
un médico autorizado legalmente siempre que no
sea el cónyuge o familiar del asegurado.
-
Gastos
por tratamiento quirúrgico, tratamientos por
radiólogo o fisioterapia.
-
Anestesia y honorarios de anestesia.
-
Suministros de hospital, Sala de operaciones y curaciones.
-
Drogas o medicamentos recetados necesarios para el tratamiento
de una enfermedad o accidente, transfusiones de sangre,
plasma u otras sustancias similares, oxigeno.
-
Análisis de laboratorio, rayos x, electrocardiografía,
encefalografía o cualesquiera otro indispensable
par el tratamiento de enfermedad o accidente.
-
Alquiler de silla de ruedas, cama especial, pulmón
mecánico u otro equipo necesario para el tratamiento
de parálisis respiratoria.
-
Cirugía reconstructiva derivadas de accidentes.
-
Beneficio de ambulancia hasta la cantidad de L. 2,500.00
-
Maternidad con los límites de: Parto Normal,
L.14,000.00, Cesárea L. 20,000.00 y Aborto Legal
L. 8,000.00
Enfermedades
Preexistentes
Son aquellas cuyos síntomas o signos se manifestaron
antes del inicio de la cobertura o ingreso del asegurado,
tenga o no conocimiento de la misma. También se consideran
padecimientos pre-existentes aquellos por los cuales se
hayan erogado gastos o realizado un diagnostico que señale
que dicha enfermedad tuvo inicio en la fecha anterior a
la contratación de la póliza, para cada asegurado,
cualquiera que sea sus causas y o complicaciones.
Gastos
Cubiertos con Período de Espera
1. Durante los seis (6) primeros meses de vigencia de la
Póliza o del ingreso del asegurado, no se reconocerán
indemnizaciones por, amigdalectomía adenoidectomía,
herniorrafias, resonancia nuclear magnética, circuncisión,
síndrome de Inmundo Deficiencia Adquirida (SIDA),
colecistitis, cualquier tratamiento del aparato genital
femenino (útero o sus anexos), cáncer, fibromas,
artroscopia, eco-cardiografías, hipertensión
arterial, diabetes mellitus, angina de pecho, enfermedades
asidiopecticas, insuficiencias cardíacas, renales
o venosas, tumores malignos o benignos, asma, artritis,
hernias, litiasis renal o venal, isquemia cerebral transitoria,
bronquitis crónicas, hemorroides, angiografía
y angioplástia.
2.
La septoplastía y rinoseptoplastía no estéticas
se reconocerán a partir del segundo año de
la Póliza o del ingreso del asegurado a la misma.
Exclusiones
( Gastos no cubiertos )
•
Gastos por exámenes médicos rutinarios o generales;
tratamiento dental, excepto en caso de accidente; exámenes
de la vista, lentes; aparatos para el oído; todo
aparato y/o equipo destinado para el suministro de medicamentos.
• Enfermedades, anomalías o malformaciones congénitas
quedan totalmente excluidas del seguro. Excepto los hijos
que nazcan dentro de la vigencia de la Póliza, siempre
y cuando tengan la Cobertura de Colegiado con dependientes.
•
Maternidad para hijas dependiente.
•
Tratamiento de fertilidad, esterilidad y planificación
familiar.
•
Curas de reposo, de convalecencia, o en custodia, períodos
de cuarentena o aislamiento, tratamientos cosméticos,
a menos que sean necesarios por un accidente.
•
Lesión o enfermedad que resulta a consecuencia de
insurrección o de guerra declarada o no, o de participación
en motines o conmociones civiles.
•
Lesión causada a sí mismo, estando o no el
Asegurado en uso de sus facultades mentales, siempre que
en el primer caso dicha lesión sea voluntariamente
causada.
•
El tratamiento del alcoholismo crónico, de adición
a drogas o de alergias.
•
Tratamientos que no son reconocidos por la practica medico
científica o tratamientos que no son aceptados por
ser experimentales o de beneficios inciertos para los pacientes:
a) Los realizados por acupunturistas, naturistas, vegetarianos
y homeópatas, b) El tratamiento médico o quirúrgico
sobre la base de hipnotismo, c) Los tratamientos para corregir
alteraciones del sueño, aprendizaje, epilepsia, d)
Los tratamientos de naturaleza experimental o de investigación,
e) Los tratamientos en centros SAP e hidroclínicas.
•
Control de niño sano, incluyendo las vacunas de los
dependientes y vitaminas de cualquier tipo.
•
Tratamiento médico o quirúrgico para corrección
de pie plano, pie equino y hallux-valgus o juanetes.
Reembolso
de Gastos Médicos
Cualquier reclamo de reembolso a la Compañía
deberá estar debidamente soportado con los documentos
originales y cualquier otra información complementaria.
En caso de encontrar irregularidades se procederá
de acuerdo al contrato que contempla desde no pagar lo reclamado
hasta solicitar al Colprocah el retiro del mismo y sus dependientes.
Otras Consideraciones
• El asegurado tiene un máximo de 2 meses para ejercer
el derecho de solicitar el reembolso de los gastos incurridos
de acuerdo a los términos de la Póliza.
• El asegurado puede utilizar los servicios médicos
de su preferencia.
• La Compañía Aseguradora ha establecido una
tabla de aranceles de honorarios médicos que regula
las cirugías en la s diferentes especialidades donde
por anticipado sabremos el costo de la operación
quirúrgica y por ende beneficiaremos al asegurado
directamente al pagar un co-aseguro más bajo. Será
responsabilidad directa del asegurado, decidir si hace uso
de la Red que hemos puesto a su disposición o utilizar
los servicios médicos de su preferencia.
Procedimiento
para Presentar Reclamos de Gastos Médicos
Reclamos por servicios fuera del Hospital (Ambulatorios):
• Presentar el formulario de reclamación, debidamente
lleno por ambos lados. (Asegurado y Médico tratante).
• Adjuntar documentos originales: recibos de honorarios
médicos, recetas médicas, facturas, recibos
de laboratorio, etc.
Toda reclamación presentada por los Asegurados, adjuntando
la documentación descrita anteriormente, se deberá
canalizar por la administración del COLPROCAH, quien
a su vez hará llegar vía nota a su Asesor
de Seguros quien realizará el análisis y la
correspondiente pre-liquidación de los gastos para
gestionar el reembolso en la Compañía de Seguros
o la devolución de los documentos a la oficina administrativa
del Colprocah cuando los reclamos no llenen los requisitos
exigidos.
Reclamos por Hospitalización (en Honduras)
• El asegurado para obtener atención hospitalaria
deberá presentar su carnet de identificación.
• La Compañía pagará directamente al
hospital el 80% de los gastos elegibles y el asegurado cubrirá
el 20%.
• Efectuar consulta previa en caso de cirugía electiva
laparoscopia a la Compañía de Seguros para
su aprobación.
Reclamos por Hospitalización (en el extranjero)
• Los Gastos Médicos Hospitalarios ocurridos en el
extranjero (fuera de Honduras) se reembolsarán cuando
el asegurado o dependiente haya sido remitido por el médico
de cabecera, previa autorización por la Compañía
a través de su Director Médico. En caso de
realizar el tratamiento sin la debida autorización
y posterior al viaje se presenta el reclamo, se tomará
como improcedente y de ser declarado procedente por el Director
Médico, el porcentaje de reembolso será el
50 %.
• La Compañía reembolsara el porcentaje de
los gastos incurridos detallado en la Póliza, después
de aplicar el deducible correspondiente.
Oficinas
de la Aseguradora Hondureña, S. A.
Tegucigalpa: Col. Lomas del Guijarro, 4to. Piso Edificio
Planetario
PBX. 232-2729, Fax (504) 231-0982, 232-5206, 800-220-7501
San
Pedro Sula: Tel. 553-3650 Fax 557-3555
La Ceiba: Tel. 443-2393, Fax 443-0032
Choluteca: Tel. 882-2090, Fax 882-2351
Guanaja: Tel. 453-4110, Fax 445-4207
Comayagua: Tel. 772-4770, Fax 772-4777
Tocoa: Tel. 444-3535, Fax 444-3535
Copán: Tel. 662-1871, Fax 662-2737.
Red de Proveedores Médicos
| CIUDAD
|
CENTRO
HOSPITALARIO |
TEGUCIGALPA
|
Hospital
La Policlínica |
| Centro
Medico Hondureño |
| Hospital
y Clínicas Viera |
| Hospital
Infantil Privado |
| Hospital
y Clínicas San Jorge |
SAN
PEDRO SULA |
CEMESA |
| Clínicas
Bendaña |
| Centro
de Emergencias Suyapa |
| Hospital
Betesda |
| Hospital
del Valle |
LA
CEIBA |
Hospital
D’Antony |
| Hospital
EUROHONDURAS U. L. |
PUERTO
CORTES |
Centro
Médico Cortés |
CHOLUTECA |
Clínica
San Francisco de Asís |
SIGUATEPEQUE |
Hospital
Evangélico |
EL
PROGRESO |
Clínica
Médica Cristiana |
NOTA:
• La Red podrá ser utilizada para casos de hospitalizaciones
de emergencia.
• En casos de operaciones programadas se deberá realizar
el respectivo tramite de pre-certificación en la
Compañía.
• Así mismo se deberá confirmar los honorarios
médicos en vista que los mismos se reconocen de acuerdo
al arancel de REDHSA.
FORMULARIOS DE RECLAMOS
Formulario
de Reclamación Acc. Personal Pag.#1
Formulario
de Reclamación Acc. Personal Pag. #2
Formulario
de Reclamación Seguro Med-Hos Pag. #1
Formulario
de Reclamación Seguro Med-Hos Pag. #2
Formulario
de Reclamación Seguro de Vida y AP Pag. #1
Formulario
de Reclamación Seguro Vida y AP Pag. #2 |