SEGURO
DE VIDA
Beneficios
del Seguro de vida
1.
En caso de Muerte Natural, una Indemnización igual al monto
seleccionado, para cada Colegiado y dependiente elegibles asegurado.
2.
En caso de Muerte Accidental, el doble de la indemnización
para el caso de muerte natural.
En
caso de Muerte por Accidente "Calificado", el triple
de la Indemnización para el caso de Muerte Natural.
3.
Incapacidad Parcial y Desmembramiento por Causa Accidental.
4.
En caso de Incapacidad Total y Permanente, ya sea por Enfermedad
o por Accidente, una Indemnización Mensual de L. 43.45,
por millar de Suma Asegurada Individual, pagadera mediante 24
cuotas mensuales.
5.
En caso de Incapacidad Total y Permanente, ya sea por accidente
o enfermedad, Exoneración del pago de Prima.
6.
Suicidio desde el inicio de vigencia del contrato.
7.
En caso de fallecimiento de un asegurado, la Compañia Indemnizará
la cantidad de Lps.15,000.00, adicionales a la suma asegurada
principal, en concepto de Gastos de Funeral, los cuales serán
reconocidos inmediatamente después de tener conocimiento
del siniestro.
8.
Reembolso de Gastos Médicos por Accidente, se reconocerá
hasta un 20 % de la suma Asegurada aplicándose un deducible
por cada siniestro.
Límites
de Cobertura
1.
Podrán formar parte del Grupo asegurado, las personas que
estén comprendidas entre los 15 y los 70 años, Colegiados
y/o dependientes, extendiéndose hasta los 75 años.
2.
El Beneficio de Doble y Triple Indemnización, Pago Anticipado
de Capital Asegurado y Exención de pago de prima, se extiende
a cubrir al Asegurado hasta la edad de 70 años.
3.
Los Colegiados que se encuentren incapacitados en la fecha efectiva
del Seguro, serán elegibles una vez que regresen al trabajo
activo y permanente.
4.
Inicio de Cobertura, Cada Colegiado y/o dependiente será
elegible para el seguro si al momento de inscripción su
edad este comprendida de 15 a 70 de edad en el Seguro Colectivo
de Vida y en el Seguro Médico Hospitalario desde los 14
días de nacido hasta el cumplimiento de los 65 años.
5.
Terminación del Seguro. El Seguro de cualquier Colegiado
asegurado y con ello los beneficios que confiere la Póliza,
cesarán automática e inmediatamente: a) Al vencimiento
del pago de la prima de seguro, así como su período
de gracia, b) Al cesar su condición de Colegiado, c) Al
cumplimiento de los 75 años en el Seguro de Vida
y 70 en el Seguro Médico Hospitalario.
Suma
Asegurada
La
Suma Asegurada será seleccionada por el Asegurado siendo
elegibles el titular como sus dependientes mayores de 15 años.
Desde L. 15,000.00 hasta L.1,000,000.00.